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  • 26/12/2022
  • SENTENCIAS
  • Autor: TRIBUNALES
  • Sección: EFECTOS ECONÓMICOS
  • Categoría: Vivienda familiar (custodia compartida)
VIVIENDA FAMILIAR; CUSTODIA COMPARTIDA; TEMPORALIZACION; ATRIBUYE EL USO DE LA VIVIENDA FAMILIAR PRIVATIVA DEL ESPOSO POR UN AÑO

...En la sentencia 870/2021, de 20 de diciembre, a la que nos hemos vuelto a referir en la 314/2022, de 20 de abril, dijimos, sobre el modo de resolver en los casos de custodia compartida a quién corresponde el uso de la vivienda familiar y de los objetos de uso ordinario en ella, que, al no existir un criterio legal que fije la regla de atribución, la jurisprudencia de esta sala (sentencias 593/2014, de 24 de octubre; 465/2015, de 9 de septiembre; 51/2016, de 11 de febrero; 42/2017, de 23 de enero; 513/2017, de 22 de septiembre, 95/2018, de 20 de febrero, 438/2021, de 22 de junio, entre otras muchas) ha considerado que la regulación más próxima es la que se prevé en el art. 96 CC para los casos en los que se distribuye la custodia de los hijos menores entre sus padres; es decir, cuando algunos quedan en compañía de uno de ellos y los restantes del otro, que es el supuesto que guarda mayor identidad de razón, y, por lo tanto, el que nos da una pauta valorativa, cuando señala que el juez resolverá lo procedente, con lo que se está confiriendo, al titular de la jurisdicción, el mandato normativo de apreciar las circunstancias en concurso para adoptar la decisión que mejor se concilie con los intereses en conflicto, sin condicionar normativamente la libertad resolutoria del juzgador.

      ATRIBUCION USO VIVIENDA FAMILIAR: INTERES MAS NECESITADO DE PROTECCION (96.2 cc).-

    https://www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/90018bb888afd193a0a8778d75e36f0d/20221213

  ANTECEDENTES.-

  1. Custodia compartida.
  2. Vivienda privativa del esposo.
  3. Matrimonio de cuatro años de duración.
  4. Madre joven con posibilidades de acceso al mercado laboral.
  5. Madre beneficiaria de una pensión compensatoria de 300 €/,es por un año.
  6. Alimentos a abonar por el padre, 900.- €/mes.

     

      EN LA INSTANCIA.- El Juzgado y la AP atribuyen el uso de la vivienda a la madre, a quien consideran el interés más necesitado de protección, sin fijar un límite.

           ESTIMACION DEL RECURSO DE CASACION.-

      CUSTODIA COMPARTIDA: En ausencia de criterio legal, se aplicar la doctrina de esta Sala con base a:

  •       --- requiere por parte del juzgador una solución motivada sobre el interés más necesitado de protección.
  •       --- valorar si la vivienda es común, privativa o de un tercero.

      OBJETO DE LA NORMA.-

      a) Favorecer el tránsito de domicilio por razón de la custodia compartida.

      b) Hay que establecer una limitación (96.2 CC.). Y las soluciones de la Sala oscilan, desde un año hasta el momento la liquidación de la sociedad de gananciales.

           SOLUCION: en base a las circunstancias concurrentes establece el plazo temporal de uso de la vivienda familiar el de dos años