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  • 11/01/2023
  • SENTENCIAS
  • Autor: TRIBUNALES
  • Categoría: Hijos custodia compartida
HIJOS CUSTODIA COMPARTIDA; CAMBIO Y ADAPTACION DE CIRCUNSTANCIAS; PROCESAL: APORTACION DE DOCUMENTACION VIDEOGRAFICA EN LA VISTA

... el menor estando a solas con el facultativo, se muestra preocupado por el cambio de sentencia, por el estado anímico de su madre por el cambio de custodia. Apreciando buena interacción con el padre, al igual que con la madre. A nivel clínico, la evolución respecto de su diagnóstico de autismo ha sido muy buena.

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NULIDAD DE ACTUACIONES POR DOCUMENTACION VIDEOGRAFICA APORTADA EN EL ACTO DE LA VISTA.-

      Se rechaza la petición de nulidad.

      La nulidad (arts. 241.1 LOPJ y 228 LEC) tiene un triple requisito:

      a) la existencia de una infracción procesal, esto es, una omisión total y absoluta de las normas esenciales del procedimiento;

      b) que, como consecuencia directa de tal infracción procesal, se haya producido indefensión;

      c) finalmente, que la infracción se haga valer, en todo caso, a través de los recursos establecidos en la ley. Debiendo dejar sentado que la indefensión relevante a efectos de nulidad de actuaciones no tiene lugar siempre que se vulneren cualesquiera normas procesales, sino sólo cuando con aquella el interesado, de modo injustificado, ve cerrada la posibilidad de impetrar protección judicial o cuando a esa vulneración se aparejan consecuencias prácticas consistentes en la privación del derecho de defensa, y un perjuicio real y efectivo de los intereses del afectado por ella ( STC 48/1986 o 205/1994, de 11 de julio).

      La aportación en el acto de la vista en cuanto realizada para desvirtuar las alegaciones vertidas en el escrito de contestación a la demanda, su admisión no vulneraba ningún precepto de nuestra ley procesal, y, además, en modo alguno constituía una prueba concluyente de cara a la resolución del fondo debatido, debiendo ser valorada a tenor del resultado arrojado por el resto de las pruebas aportadas y las practicadas a instancia de las partes.

      No concurre la indefensión invocada por la apelante, ni privación de su derecho de defensa, ni la vulneración de su derecho a una tutela judicial efectiva.     

      CUSTODIA COMPARTIDA DE MENOR AUTISTA QUE RECONOCE QUE SUS PROPIOS DESEOS DE MIEDO AL CAMBIO NO LE CONVIENEN.-

      Se trata de un cambio de la custodia monoparental a la compartida. Para ello el tribunal tiene en cuenta:

  1. que no se trata de la necesidad de probar hechos nuevos, sino de valorar el interés del menor y lo que más le conviene.
  2. que, si existe un hecho cierto, y es que la situación ha cambiado con el tiempo al mejorar la relación entre el padre y el hijo.
  3. . que en estos momentos es necesaria una adaptación a la situación actual.
  4. que no existe impedimento a que la custodia pase a ser compartida, ya que ambos progenitores son adecuados para ejercer la custodia.
  5. que la existencia de un convenio o un acuerdo que en su día justificó la custodia monoparental, actualmente no impide esta adaptación y cambio.
  6. una valoración de los informes y de la exploración judicial apoyan el cambio. El propio hijo, dato de madurez, y aunque tiene cierta reserva al cambio y a la contrariedad que sufrirá con ello su madre, admite que será lo mejor para él.
  7. la sentencia valora el apoyo familiar y la evolución de las relaciones, que con este cambio las hará avanzar.