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  • 14/08/2024
  • SENTENCIAS
  • Autor: TRIBUNALES
  • Sección: VARIOS
  • Categoría: Sucesiones
INFRACCION PROCESAL INCONGRUENCIA OMISIVA; CUESTIONES DEL INVENTARIO NO RESUELTAS EN LA INSTANCIA

Constituye el objeto del presente proceso, la demanda que es formulada por los hermanos... directamente encaminada a la obtención de un pronunciamiento judicial que proclamase la nulidad de pleno derecho del cuaderno particional elaborado por el letrado... Subsidiariamente, se postuló se rescindiese dicho cuaderno por lesión en más de una cuarta parte, que afecta a cada uno de los demandantes en el presente procedimiento, condenando a los demandados beneficiados a optar entre indemnizar en metálico el daño sufrido por el defecto de adjudicación de los demandantes, o consentir que se proceda a nueva partición, a cuyo efecto deberán manifestarlo de manera expresa en el plazo de 10 días desde la firmeza de la sentencia, sin necesidad de requerimiento especial alguno, y entendiendo que optan por la primera de dichas posibilidades en caso de no realizar manifestación alguna.

             INFRACCION PROCESAL INCONGRUENCIA OMISIVA; CUESTIONES DEL INVENTARIO NO RESUELTAS EN LA INSTANCIA

         INCLUYE EN EL INVENTARIO BIENES QUE NO SON DE LA HERENCIA

         PINCHA EN: https://www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/4d13b52cc28b6951a0a8778d75e36f0d/20240730

         Hecha la liquidación y adjudicación de bienes de la herencia en base al cuaderno del contador, por la vía del 787.5 LEC. se incoa juicio ordinario en petición de que se anule la partición y subsidiariamente la rescisión por lesión del cuaderno.

         Se han incluido bienes ajenos al activo ganancial de imposible entrega.

         INFRACCION PROCESAL INCONGRUENCIA OMISIVA.-

         ...una sentencia es incongruente, si concede más de lo pedido por las partes ( ultra petita), se pronuncia sobre determinados extremos al margen de lo suplicado por los litigantes ( extra petita), se dejan incontestadas y sin resolver algunas de las pretensiones sostenidas ( citra petita), siempre y cuando el silencio judicial no pueda razonablemente interpretarse como desestimación tácita de la pretensión deducida; por el contrario, es perfectamente válido que dé menos de lo pedido ( infra petitum), lo que no constituye infracción de incongruencia salvo que diera menos de lo admitido por la contraparte ( sentencias 604/2019, de 12 de noviembre; 31/2020, de 21 de enero; 267/2020, de 9 de junio; 526/2020, de 14 de octubre; 37/2021, de 1 de febrero; 751/2021, de 2 de noviembre; 202/2022, de 14 de marzo; 364/2022, de 4 de mayo; 509/2022, de 28 de junio Y 628/2024, de 13 de mayo, entre otras muchas).

                  EN EL CASO.-....en el recurso de apelación y petición de complemento de la sentencia ( art. 469.2 LEC), se plantean expresamente los efectos jurídicos derivados de la inclusión y de bienes que no son de la herencia.

         ..exige, a su vez, determinar la problemática suscitada de naturaleza fáctica y jurídica de la exclusión total o parcial y, en este último caso en qué porcentaje de la finca NUM026 .

         REMISION DE LOS AUTOS A LA INSTANCIA PARA PRONUNCIAMIENTO.- ...

         procede la devolución de los autos a la audiencia para que se pronuncie sobre tales puntos litigiosos, que devienen fundamentales y trascendentes en la decisión de este proceso, que no ha resultado enjuiciado en la segunda instancia en la totalidad de las cuestiones de hecho y de derecho suscitadas.

         Con cita de la TS 480/2023, de 11 de abril, entre otras:

                  "1.- De conformidad con la regla 7ª de la disposición final decimosexta de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en caso de estimación del recurso extraordinario por infracción procesal procede dictar nueva sentencia, teniendo en cuenta, en su caso, lo que se hubiere alegado como fundamento del recurso de casación.

                  " 2.- Ahora bien, la estimación del recurso y consiguiente anulación de la sentencia impugnada no determina en este caso que la sala resuelva sobre el fondo de la reclamación planteada en la demanda.

         ..

                  " 3.-... falta en la resolución impugnada el juicio pleno de hecho y de derecho sobre la materia objeto del proceso, por lo que el pronunciamiento de esta sala debe limitarse a anular la sentencia recurrida para que el tribunal de apelación, como órgano de instancia plenamente facultado para conocer de todas las cuestiones de hecho y de derecho objeto de la apelación, las resuelva en sentencia (sentencia del Pleno de esta Sala de 29 de abril de 2009, y sentencias de 7 de octubre de 2009, 899/2011, de 30 de noviembre, y 3/2019, de 8 de enero).