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La Ley de Eficiencia Organizativa de la Justicia contempla la posibilidad de crear secciones de Familia en los Tribunales de Instancia

  • 28/10/2021

El Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha aprobado hoy con 15 votos a favor y cinco en blanco el informe al anteproyecto de Ley Orgánica de Eficiencia Organizativa del Servicio Público de Justicia que, como novedad más destacada, prevé la implantación de los Tribunales de Instancia en el primer escalón de la organización judicial, un modelo colegiado llamado a sustituir los Juzgados unipersonales. 

El Pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha aprobado hoy con 15 votos a favor y cinco en blanco el informe al anteproyecto de Ley Orgánica de Eficiencia Organizativa del Servicio Público de Justicia que, como novedad más destacada, prevé la implantación de los Tribunales de Instancia en el primer escalón de la organización judicial, un modelo colegiado llamado a sustituir los Juzgados unipersonales. 

Las valoraciones que hace el CGPJ sobre este anteoproyecto en relación al Derecho de Familia son las siguientes:

  • Según el texto del anteproyecto, en cada partido judicial habrá un Tribunal de Instancia que estará integrado bien por una Sección única (el equivalente a los juzgados de primera instancia e instrucción) bien, allí donde lo prevé la Ley de Demarcación y Planta, por una sección Civil (juzgados de primera instancia) y otra de instrucción (juzgados de instrucción). Además, en los partidos judiciales donde lo establezca la norma, podrá haber secciones de Familia y secciones de Violencia sobre la Mujer y, en las capitales de provincia, secciones de lo Mercantil, de enjuiciamiento Penal (equivalente a los juzgados de lo Penal), de Menores, de Vigilancia Penitenciaria, de lo Contencioso-Administrativo y de lo Social. 

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  • El anteproyecto prevé con carácter general la posibilidad de comarcalizar la circunscripción territorial de las secciones -ampliando el ámbito de competencia del órgano a más de un partido judicial- pero, al mismo tiempo, establece límites en la propuesta de nueva redacción de la Ley de Demarcación y Planta Judicial, pues se excluye esta posibilidad para las Secciones Únicas, las Civiles y las de Instrucción y se señala su carácter excepcional para las secciones de Familia y de Violencia sobre la Mujer

 

  • El texto aprobado por el CGPJ elogia la novedad que supone la posibilidad de crear secciones de Familia -dentro de los Tribunales de Instancia- como órganos especializados de la jurisdicción civil. El anteproyecto da respuesta así a una demanda de los operadores jurídicos respecto de la necesidad de contar con auténticos órganos judiciales especializados en Derecho de Familia. 

 

  • El dictamen  del CGPJ advierte, sin embargo, de que sigue pendiente de desarrollo la segunda de las obligaciones derivadas de la Ley Orgánica de protección integral de la infancia y la adolescencia: la creación de la especialidad en Infancia, Familia y Capacidad en la Carrera Judicial, lo que incidirá tanto en la formación de los jueces y magistrados que sirvan en las nuevas secciones de Familia como en la promoción profesional y en la provisión de los destinos en los órganos especializados.