La especialización no lo es todo
La necesaria especialización debe estar vinculada de conformidad con nuestras obligaciones profesionales, incluidas las deontológicas, al servicio del cliente
Albino Escribano Molina
Abogado - Asociado AEAFA - Decano del Ilustre Colegio de la Abogacía de Albacete
(Artículo publicado en el nº112 de la revist Abogados de Familia)
Hace unos meses la revista de la Asociación Española de Abogados de Familia, a la que me honro en pertenecer, publicó un artículo en el que hacía referencia a la necesidad de especialización en esta materia (también necesaria en otras), así como su relación con la deontología. Su título era Deontología propia y crisis matrimoniales ajenas.
La necesaria especialización debe estar vinculada, de conformidad con nuestras obligaciones profesionales, incluidas las deontológicas, al servicio al cliente, esto es:
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A la independencia, evitando el conflicto de intereses que en muchas ocasiones sólo podemos prever con un conocimiento detallado de la evolución de los asuntos;
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A la libertad, tanto de establecer la estrategia profesional adecuada según nuestro conocimiento como en la expresión de nuestra defensa conforme a los criterios de adecuación y educación jurídica;
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A la confianza, que se genera en el cliente con nuestro comportamiento personal y conocimiento profesional;
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A la integridad, que se manifiesta con hechos y no sólo con palabras;
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Al secreto profesional, esencial no sólo en una materia tal delicada como las relaciones personales derivadas del vínculo familiar, sino también para el presente y futuro de la Abogacía;
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A una publicidad no engañosa, debiendo tenerse en cuenta que las frases publicitarias se acomodan mal con la necesaria información a los clientes y con la dignidad que se predica de la profesión,
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Y, en general, con una conducta adecuada a los principios rectores y valores superiores del ejercicio de la Abogacía.
No debe tampoco olvidarse la existencia de otros principios o criterios que, aunque no alcancen en nuestro Estatuto el carácter de rectores y/o superiores, son fundamentales en una buena praxis profesional.
Como decía, reseñaba en el artículo citado que la especialización es necesaria en un mundo jurídico tan amplio en normativa y en el que cada asunto se ve afectado por distintas consideraciones que afectan a distintas ramas del derecho. El problema, ante la inexistencia de especializaciones en sentido estricto en nuestra profesión, a diferencia de la profesión médica, ya está siendo atendido por el propio Consejo General de la Abogacía Española, que está tratando dentro de sus planes de actuación de desarrollar esta cuestión en la correspondiente Comisión para su estudio.
Esencia y dignidad
Mientras tanto, puede resultar insuficiente, pero esclarecedor, el artículo 6.4 del Código Deontológico, cuyo contenido está avalado en idénticos términos por el artículo 20.3 del EGAE de 2021 (recordemos: aprobado por RD. 135/2021). Ambos preceptos tratan de atajar la cuestión de la especialización en el ámbito de la publicidad, en el cual se dan los mayores dislates en relación con la esencia y dignidad de la profesión. A fin de tratar la cuestión sin vulnerar las normas generales de publicidad, propias de una actividad de mercado y ajenas a una actividad sujeta a principios éticos, señalan criterios que, en ese ámbito publicitario, permitan calificarse como especialista. Y así, señalan que esa publicitación como especialista debe responder a la posesión de títulos académicos o profesionales, a la superación de cursos formativos de especialización oficialmente homologados o a una práctica profesional prolongada que la avalen.
¿Con ello es suficiente para publicitarse como especialista y considerarse como tal?. Teóricamente si, pero en la práctica, en la realidad, depende del nivel de exigencia personal y del nivel profesional. Dice Hesse que hay quienes se consideran perfectos, pero es sólo porque se exigen menos de si mismos. Y esto aplicado día a día y asunto a asunto, hace necesario relativizar todo al estar, en nuestra profesión, en permanente evaluación.
Es evidente que la posesión de un título académico o profesional o la superación de un curso de especialización no te convierte en un especialista necesariamente. Ni uno ni varios. Depende de distintos factores. Tampoco una práctica profesional prolongada te convierte necesariamente en especialista.
No obstante, no hay que ser excesivamente negativo en este asunto en relación con la Abogacía: los especialistas médicos, avalados por una especialización oficial, no son todos igual de especialistas o de buenos profesionales. La especialización esta bien, muy bien, pero aisladamente considerada no tiene porque significar nada.
Sin embargo, la idea es el inicio del camino. Y en él confluyen los principios y valores que esbozaba al principio.
Una buena praxis profesional exige el mejor y más profundo conocimiento de la materia que estamos tratando de cara a prestar un mejor servicio al cliente y hacer efectivo el objetivo de la Justicia. Y eso exige un estudio y preparación constante. Pero de nada sirve si carecemos de otros aspectos básicos en la profesión.
Soberbia y humildad
Todos hemos tenido ocasión de conocer verdaderas eminencias en una materia concreta cuya característica personal más destacada no es su especialización, sino su humildad. Ya lo anunciaba Sócrates, y no a efectos publicitarios. Cuanto más se sabe de una materia, más se sabe lo que se desconoce. Y eso exige la humildad de reconocerlo. El más cercano Gracián señala que el primer paso de la ignorancia es presumir de saber.
Sin embargo, en el tiempo actual tan competitivo y dominado por quien más puede destacarse, fundamentalmente gritando, he podido apreciar que la expresión “yo soy especialista” se utiliza con tintes de soberbia y no con humildad, lo que nos lleva al refrán: dime de que presumes y te diré de que careces. La soberbia es una expresión de superioridad que provoca un trato distante o despreciativo a los demás, en general o, a veces, sólo en particular (es propio de la psicología explicar si ese sentimiento o expresión de superioridad no encubre realmente un sentimiento de inferioridad).
La soberbia, aparte de un pecado capital para la teología católica (apetito desordenado de la propia excelencia, según Santo Tomás), es reprochable en todos los órdenes de la vida; es una característica negativa para los que ejercemos la profesión. Como en la vida en general, siempre hay alguien más inteligente, más trabajador y más preparado. En definitiva, “más especialista”. Y esa pretensión de especialización, puede dar lugar a un gran peligro para nuestros clientes. El intento de desprecio de un compañero o una compañera bajo la expresión “yo soy especialista” (porque yo lo digo tal y como están las cosas), no sólo es signo de soberbia, sino también de escasa categoría en cualquier ámbito, sustantivo o formal.
Los principios deontológicos, aplicados a la actuación profesional, forman una unidad que no puede escindirse sin grave peligro de desvirtuar su significado.
Recientemente, con gran amargura ya que lo había sufrido en carne de su carne, me señalaba un compañero la actuación de una compañera especialista en la materia de familia, pero escasa de atención a otros principios básicos de actuación: concordia, respeto y consideración. En derecho, en el ejercicio profesional, no vale todo.
No es honrada una actuación que perjudique a la parte contraria aunque beneficie (y no se sabe en qué muchas veces) a la propia. En ningún caso, la tutela de los intereses del cliente puede justificar la desviación del fin de justicia a que la profesión se halla vinculada.
No es digno quien ejerce con desprecio u olvido de que trata con personas, dice la Exposición de Motivos de nuestro Código Deontológico. Y resalta que quien vulnera los principios que inspiran la profesión, afecta con su actuación individual al honor y dignidad de todos.
Por todo ello, el derecho a la especialización, la necesidad de especialización, sólo sirve a uno mismo y al servicio a nuestros clientes, pero no significa que se sea más, o menos, o mejor, o peor. Eso si, la soberbia y el olvido de la necesaria humildad en el conocimiento desmerecen a cualquiera, sea especialista o no. El olvido de los principios y valores en el desempeño profesional hace indigna la actuación.
Con gran acierto y contenido, decía Mariló Lozano, Presidenta de la AEAFA, en las Jornadas de Juntas de Gobierno celebradas en septiembre de 2021 en Bilbao, que “la especialización no significa exclusividad”. Todavía menos debe significar la exclusión, ni de personas ni de principios.
No todo va a ser considerarse a si mismo un especialista. Cosa distinta es serlo y desarrollar el conocimiento adecuadamente.