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Informe sobre tres años de vigencia de la LVG

  • 08/05/2014

INFORME SOBRE TRES AÑOS DE VIGENCIA DE LA LVG

Por OBSERVATRIO VIOLENCIA DE GENERO

EL OBSERVATORIO INFORMA

TRES AÑOS DE LEY INTEGRAL CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO: LA RESPUESTA JUDICIAL HA MEJORADO.

·       Más de 126.000 denuncias por maltrato se presentaron en 2007 ante los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, cifra que tiende al alza en 2008.

·       Desde su entrada en funcionamiento, los Juzgados de Violencia sobre la Mujer acordaron 84.000 órdenes de protección, un 75 por ciento de las solicitadas.

·       En los tres años de aplicación de la Ley integral, casi 80.000 acusados fueron condenados por violencia de género.

·       Inmaculada Montalbán, Presidenta del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género del C.G.P.J. destaca que “la respuesta judicial contra la violencia de género es más rápida y efectiva”.

·       La Presidenta del Observatorio subraya “la imperiosa necesidad de generalizar la implantación de los recursos previstos en la Ley integral”.

La mejora del sistema de justicia penal español frente a la violencia de género, la mayor información de las víctimas acerca de sus derecho y una mejor coordinación con el resto de las instituciones son, en opinión de la vocal Montalbán, los principales aspectos del balance que puede hoy hacerse de los tres primeros años de aplicación de la Ley integral y, en especial, de los tres años de funcionamiento de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer.

         DENUNCIAS

Según datos del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género, desde enero de 2.007, fecha a partir de la cual se obtienen cifras estadísticas, se aprecia un incremento en el número de denuncias que llegan a los Juzgados de Violencia sobre la Mujer. En efecto, a lo largo de 2.007 se presentaron ante estos Juzgados un total de 126.293 denuncias, lo que supone una tasa de 54,4 denuncias por cada 10.000 mujeres, cifra que tiende al alza en el presente año, pues en el primer semestre de 2.008 ya se han presentado 71.022 denuncias por maltrato.

       ÓRDENES DE PROTECCIÓN

Cabe destacar asimismo que se solicitaron ante los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, en el referido período de tres años de aplicación de la Ley integral y de entrada en funcionamiento de estos órganos judiciales, 112.081 órdenes de protección, de las que se acordaron 83.968, lo que representa un 75 % de las solicitadas.

A estas cifras hay que añadir la de 21.885 órdenes de protección solicitadas ante los Juzgados de Instrucción en funciones de guardia, actuando en sustitución de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, fuera de las horas de audiencia de éstos, entre enero 2006 -inicio del período en que se recoge este dato- y 30 de junio de 2008.

El plazo de las 72 horas para la decisión sobre la estimación o desestimación de las peticiones de órdenes de protección se cumple con normalidad por los órganos judiciales.

Casi un 80% de los jueces y juezas de los JVM consideran que mantienen una buena coordinación con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, según el resultado de una encuesta dirigida a titulares de JVM.

         ÁMBITO PENAL

En los tres años de funcionamiento de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer (desde el 29 de Junio de 2005 hasta el 30 de Junio de 2008) se celebraron en ellos 59.376 juicios en materia penal.

Por su parte, en el período comprendido entre el 1 de enero 2006 -inicio del período en que se recoge este dato- y el 30 de junio de 2008, se han celebrado 55.446 juicios en los Juzgados de lo Penal y otros 581, en única instancia, en las Secciones Penales Especializadas de la Audiencia Provinciales.

Según los datos del Observatorio, el total de condenados en la jurisdicción penal durante los tres primeros años de funcionamiento de los Juzgados de Violencia Sobre la Mujer asciende a 78.594, teniendo en cuenta que en esta cifra se incluyen asimismo los condenados desde el día 1 de enero de 2006 por los Juzgados de lo Penal y por las Audiencias Provinciales. Estos datos se desglosan de la siguiente manera:

ü De los 59.376 juicios celebrados en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, 46.921 terminaron en condena, lo que supone el 79 % del total, contabilizando juicios por delitos y por faltas. De ellos, 35.998 condenas lo han sido en juicios por delitos (de conformidad con el acusado y su defensa) y 10.923 en juicios de faltas (vejaciones injustas e injurias leves).

ü Los Juzgados de lo Penal (entre enero de 2.006 y junio de 2.008) dictaron 55.446 sentencias en juicios por delitos de violencia de género. De ellas, 31.179 fueron condenatorias (un 56,23 %) y 24.267 absolutorias.

ü Las Secciones Penales Especializadas de las Audiencias Provinciales dictaron en los dos años y medio –período de recogida de estos datos- 581 sentencias en única instancia, siendo un 85,03 % de ellas, condenatorias (494).

         ASUNTOS CIVILES

La tendencia al alza también se refleja en el ámbito civil, donde en los tres primeros años de funcionamiento de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer, ingresaron 40.491 procedimientos, mayoritariamente separaciones y divorcios. El número de procedimientos registrados pasó de 1.286 en el tercer trimestre de 2005 a 4.996 en el segundo trimestre de 2008. Se dictaron en este período 13.820 sentencias civiles.

En los tres años, los JVM han dictado un total de 13.820 sentencias de las que un 98,57 % han sido estimatorias.

         DATOS SOCIOLÓGICOS

Finalmente, como dato sociológico, cabe apuntar que respecto a la nacionalidad de las víctimas, se mantiene el incremento paulatino de mujeres extranjeras solicitantes de órdenes de protección que pasa de un 30,20%, en el tercer trimestre de 2.005, al 36,9% en el segundo trimestre de 2.008, el porcentaje más alto de cada uno de los 12 trimestres considerados.

En cuanto a la nacionalidad de los imputados, se observa una oscilación similar en cuanto a la incidencia de extranjeros, que pasa del 30,20 %, en el tercer trimestre de 2005, al 35,58 % en el segundo trimestre de 2008.

VALORACIÓN DE INMACULADA MONTALBÁN, PRESIDENTA DEL OBSERVATORIO CONTRA LA VIOLENCIA DOMÉSTICA Y DE GÉNERO

Para Montalbán, las anteriores cifras “revelan que ha mejorado la respuesta del sistema de justicia penal contra la violencia de género en el ámbito de la pareja. La especialización de los órganos judiciales y de las Fiscalías ha permitido una respuesta judicial más eficaz, rápida y una mejor coordinación institucional; así resulta, entre otros extremos, del número de juicios celebrados, datos de Órdenes de Protección concedidas y sentencias condenatorias. Esto se traduce, además, en una mayor confianza en la Administración de Justicia por parte de las víctimas, que están más informadas de sus derechos y denuncian cada vez más las violencias, de manera destacada las mujeres inmigrantes”.

No obstante, añade, “para asegurar una adecuada respuesta judicial en todo el territorio, resulta necesario fortalecer y extender los recursos previstos en la Ley Integral. Tal es el caso de la conversión en Juzgados Exclusivos de aquellos JVM Compatibles que presentan sobrecarga de trabajo; la implantación de servicios de guardia en las grandes poblaciones; además de las Oficinas de Atención a las Víctimas y de las Unidades de Valoración Forense Integral en los partidos judiciales que carecen de ellas”.

La Presidenta del Observatorio subraya que “debemos perfeccionar los mecanismos de protección de las víctimas y asegurar la efectividad de las órdenes de alejamiento, tanto a través de informes técnicos de valoración del riesgo como con los mecanismos electrónicos de vigilancia de los presuntos agresores y de los condenados. De otro lado, han de generalizarse en todo el territorio los programas de tratamiento y rehabilitación previstos por la Ley Integral para los condenados por estos delitos”.

Montalbán afirma que resulta imprescindible conseguir una formación especializada del personal de la Administración de Justicia. La violencia sobre la mujer en el ámbito de la pareja es un fenómeno criminal que tiene unas causas estructurales y presenta unas características específicas que han de ser conocidas y comprendidas, pues solo así se podrá responder de manera adecuada ante la vulneración de derechos fundamentales que esta violencia de género supone”.

“La ley Integral – concluye- es un buen instrumento que debemos seguir evaluando, dada la consistencia y resistencia del factor cultural en la eliminación de la violencia sobre las mujeres Su evaluación periódica permitirá reforzarla con nuevas propuestas y, de esta manera, seguir avanzando en la mejora de la respuesta institucional.

         Madrid, 3 de noviembre de 2.008.